1. El ingeniero Industrial tiene derecho a no ser sometido esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
2. El Ingeniero Industrial tiene derecho a un nivel de vida adecuado para el, su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de quedar sin empleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
3. El Ingeniero Industrial tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar
de las artes y a participar en el progreso científico, tecnológico, productivo y en los beneficios que de él resulten.
4. El Ingeniero Industrial tiene derecho a la libertad de conciencia, no podrá ser molestado por razón de
sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.
5. El Ingeniero Industrial tiene derecho a un trabajo digno y en condiciones justas.
6. El Ingeniero Industrial tiene derecho a la libre enseñanza, aprendizaje, investigación
y cátedra.
jueves, 8 de octubre de 2009
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